SUBVENCIONES DE CARA A SUSTITUIR A LOS EMPLEADOS DEL SECTOR COMERCIO DE GETXO QUE ACUDAN A UN EUSKALTEGI A APRENDER EUSKERA
 

1.- Beneficiarios/as de las ayudas

* Los titulares de tiendas y establecimientos de Getxo recibirán subvención en el caso de que ellos y ellas o los/as empleados/as del establecimiento acudan a un euskaltegi a aprender euskera y contraten una persona para sustituirlos.
* Los tipos de establecimiento integrados en estas ayudas son:
- Establecimientos de comercio minorista
- Establecimientos hosteleros
* Como el objetivo de estas ayudas es fomentar el uso del euskera en el sector comercial y como también se trata de potenciar que la relación que se establezca entre el comerciante y cliente sea en euskera, en el caso de que la tienda o el establecimiento cuente con más de un empleado/a se dará prioridad a aquellos que estén de cara al público.
* De todas formas, podrán acudir a un euskaltegi más de un empleado/a de cada establecimiento.
* El establecimiento deberá colocar un distintivo acreditativo de que puede atender en euskera integrándose en este programa.

2.- Condiciones exigidas

2.1.- Matricularse en el euskaltegi

Condiciones:
* Los cursos serán, como mínimo, de dos horas diarias y, por tanto, de diez horas semanales mínimo.
* En el caso de los cursos de dos horas diarias, el curso tendrá una duración de octubre a junio.
* Los cursos deberán realizarse en euskaltegis homologados por HABE.

Requisitos:
* Abono total del coste de la matrícula del euskaltegi
* Abonaré original con sello del banco o caja
* Certificado del euskaltegi:
- Nivel al inicio del curso
- Fecha de comienzo y fin de curso
- Horario de las clases
- Número total de horas impartidas
* Copia del horario, establecido por ley, que debe cumplir el establecimiento

2.2.- Tener al día los permisos del Ayuntamiento

Condiciones:
* El interesado tendrá que tener al día todos los permisos, licencias,... correspondientes y tendrá que estar libre de cargas con el Ayuntamiento

Requisitos:
* El Servicio de Euskera pedirá los siguientes informes a los correspondientes departamentos para certificar ese hecho:
- Informe de que está libre de cargas con el Ayuntamiento
- Informe de que tiene al día las licencias y permisos pertinentes

2.3.- La persona que realice la sustitución deberá tener contrato

Condiciones:
* La persona que sustituya al/la empleado/a que vaya al euskaltegi tendrá que tener un contrato:
- El contrato será, como mínimo, de dos horas diarias. Por tanto, de 10 horas semanales mínimo.
- La duración del contrato, también tendrá que ser, por lo menos, del mismo tiempo de duración del curso del euskaltegi. Por ejemplo, si se acude a un curso que se imparte de octubre a junio, la duración del contrato deberá ser la misma.
* El coste total de la contratación (remuneración, Seguridad Social, etc.) del sustituto/a deberá ser igual o superior, al de la subvención concedida por el Ayuntamiento.

Requisitos:
* Copia del contrato del/la sustituto/a (en él deben constar el horario y la duración del mismo).
* Copia de haber sido dado/a de alta en la Seguridad Social.
* Documento que acredite el pago mensual a la persona contratada (nómina firmada) y a la Seguridad Social (TC2)
* En caso de contrato a una persona desempleada de Getxo, copia de la tarjeta del INEM en la que se especifique el domicilio.
* Certificado que acredite la relación de la persona que acudirá al euskaltegi con el establecimiento:
- Certificado que acredite que es el dueño del establecimiento
- En caso de ser un/a empleado/a, copia del contrato.

2.4.- La persona que realice la sustitución deberá saber euskera

Condiciones:
* El/la sustituto/a deberá tener conocimientos de euskera suficientes para atender a los clientes en euskera. Dichos conocimientos se tendrán que acreditar mediante los siguientes certificados:
- Tener acreditado 2º Perfil Lingüístico de la Administración, 1º Perfil Lingüístico de Educación o Ciclo Elemental de la Escuela Oficial de Idiomas
- Tener aprobado nivel 8º de euskaltegi
- Haber realizado los estudios en euskera
* En caso de que el/la sustituto/a no pueda certificar dichos conocimientos mediante la acreditación de los mencionados certificados, pero considere que tiene nivel suficiente o en los casos en que se considere oportuno, se le realizará una prueba en un euskaltegi de Getxo.

Requisitos:
* Certificado del nivel de euskera de la persona que realice la sustitución
* O bien, certificado del resultado de la prueba de nivel realizada por el euskaltegi al/la sustituto/a.

2.5.- Asistencia

Condiciones:
* La persona que acuda al euskaltegi, tendrá que tener una asistencia mínima del 85%
* Ni el Servicio de Euskera ni los euskaltegis aceptarán ningún justificante de cara a acreditar las faltas de asistencia

Requisitos:
* Certificado del euskaltegi:
- Al finalizar el primer trimestre, certificado de asistencia correspondiente al período octubre-diciembre
- Al final del curso certificado correspondiente a la todo el curso

3.- Cuantía de ayudas y presentación de solicitudes

* La ayuda será, como máximo, de 2.500 euros
* Dicha cuantía se ha calculado teniendo en cuenta el convenio colectivo que regula el sector comercial.

Condiciones:
* La subvención se concederá en dos plazos:
- 30% una vez finalizado el primer trimestre (certificada la asistencia)
- 70% al finalizar el curso.

Requisitos:
* Fotocopias de las nóminas y los TC2
- Al finalizar el primer trimestre, las correspondientes al período octubre-diciembre.
- Al final del curso las correspondientes a la totalidad del curso
* Certificado del euskaltegi:
- Al finalizar el primer trimestre, certificado de asistencia correspondiente al período octubre-diciembre.
- Al final del curso certificado correspondiente a la totalidad del curso.

Presentación de solicitudes
* Al inicio de cada trimestre
* Las solicitudes deberán registrarse en las diferentes oficinas de que dispone para ello el Ayuntamiento y las subvenciones se concederán por riguroso orden de presentación de las mismas, siempre que exista partida presupuestaria.

4.- Bolsa de trabajo

* Con el fin de facilitar a los comerciantes/hosteleros/as la contratación de los/las sustitutos/as y comprobar que por parte de los mismos se da el servicio adecuado, el Centro de Empleo BEHARGINTZA del Ayuntamiento de Getxo, pondrá en marcha una BOLSA DE TRABAJO.
* Los comerciantes/hosteleros/as podrán utilizar dicha BOLSA DE TRABAJO de cara a las contrataciones.
* Los candidatos/as que se apunten en la BOLSA DE EMPLEO tendrán que cumplir la condición establecida en el punto 2.4.
* A los que se apunten en la BOLSA DE TRABAJO, BEHARGINTZA les ofrecerá un curso de formación en atención al cliente y conocimiento del sector. Behargintza realizará una preselección de candidatos para enviar a las empresas solicitantes.

5.- Partida presupuestaria

* Las ayudas se abonarán por riguroso orden de registro, siempre que exista partida presupuestaria
* Si dicha partida no fuera suficiente, los criterios que utilizará el Ayuntamiento de cara a conceder la subvención serán los siguientes:
1. Tendrán prioridad aquellos que hayan acudido al euskaltegi el curso anterior y hayan obtenido resultados acordes a lo previsto.
2. Prioridad a quienes contraten a personas desempleadas de Getxo

6.- Anexo

El o la Concejal de Euskera podrá adoptar decisiones en casos excepcionales y en casos no recogidos en estas bases.