|
TRÁMITES ADMINISTRATIVOS |
| |
| TRAMITES MÁS HABITUALES | |||
| En el servicio de Recaudación Municipal aceptamos la domiciliación bancaria de todos los impuestos y tasas, incluso para el año en curso, siempre que no haya finalizado el período de pago voluntario. | |||
|
Esto es, se pueden domiciliar tanto los recibos de cobro periódico (el IBI, Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica, la tasa por estacionamiento regulado OTA, las tasas por paso de aceras, etc.) como aquellos otros que requieren una liquidación individualizada (el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos, el Impuesto de Construcciones y distintas tasas municipales). Solamente en el caso de las autoliquidaciones (licencias de obras menores, altas de vehículos, etc.) el pago deberá hacerse necesariamente en las oficinas municipales. Los recibos domiciliados serán cobrados en la cuenta bancaria autorizada por el o la contribuyente en los últimos días del período de pago voluntario. En el caso de solicitudes de domiciliación a través de la página web municipal, la Recaudación Municipal podrá solicitar su confirmación. |
|||
|
Y por teléfono, a través del Call Center, en el 902 115
500, de lunes a jueves de 8.30 a 19.00 h y los viernes de 8.30 a 14.00
horas. Durante los meses de julio y agosto, el servicio se reduce al
horario matinal de 08.30 a 14.00 horas. |
|||
|
- SI DESEA HACER LA SOLICITUD POR INTERNET PINCHE AQUÍ Para poder enviar correctamente los formularios en pdf es necesario tener configurado un servidor de correo en el ordenador, en algún programa de correo como outlook.
- SOLICITUD PARA LA DOMICILIACIÓN DE IMPUESTO A RELLENAR, IMPRIMIR Y ENTREGAR |
|||