AYUDAS, SUBVENCIONES Y BECAS

CONVOCATORIA DE BECAS DE GUARDERÍA, CURSO 2004-2005
 

1.- Aprobar la convocatoria de Becas de Guardería para el curso escolar 2004/2005, con cargo al Presupuesto del Área de Educación y Turismo.

El plazo para la presentación de las solicitudes de Beca de Guardería se extenderá del 1 al 30 de septiembre de 2004, inclusive. Éstas se realizarán según modelo y acompañadas del Libro de Familia y demás justificantes de la situación económica y social de la persona interesada, pudiendo entregarlas en los Registros Municipales de la Casa Consistorial y de los Servicios Sociales y en las oficinas de atención al ciudadano de Romo, Zabala y Andra Mari.

    Seránn requisitos esenciales para acceder a estas becas, los siguientes:
A.- Poseer unos ingresos líquidos anuales que no superen las cuantías que a continuación se relacionan, situando el límite en 1,25 veces el Salario Mínimo Interprofesional (6.871,2 €) y que incrementen el límite máximo en 0,5 el citado salario para el tercer y cuarto miembro de la Unidad Familiar y un 0,25 del S.M.I. para los restantes.

Nº MIEMBROS UNIDAD FAMILIAR
INGRESOS LÍQUIDOS ANUALES
2
8.589 €
3
12.024,6€
4
15.460,2 €
5
17.178 €
6
18.895,8 €
7
20.613,6 €
8
22.331,4 €
9
24.049,2 €
10
25.767 €


El cálculo de los ingresos líquidos anuales se hará contabilizando todos los percibidos por cualquiera de los miembros de la familia que viven en el mismo domicilio, durante el año 2003, siendo considerada la situación económica real del año en curso, si ésta se hubiera modificado desfavorablemente, lo que deberá acreditarse en el momento de la solicitud. A estos fines se considerará la familia en el sentido más restringido, incluyendo a los hermanos y hermanas de los/las menores para quienes se solicita beca, así como a su padre y a su madre. A la suma de los ingresos líquidos anuales de todas las personas computables, se le descontará el gasto real para vivienda (siempre y cuando no se hubieran recibido ayudas de Emergencia Social u otras Ayudas No Periódicas por este concepto), con un tope equivalente a 0,35 veces el S.M.I., ésto es, 2.404,92 €. Asimismo se tendrán en cuenta las minoraciones correctoras derivadas de las siguientes circunstancias:

- FAMILIAS MONOMARENTALES (Viudos/as, separados/as, solteros/as).
- PARO (cuando se dé esta circunstancia en ambos cónyuges).
- ALGUN MIEMBRO DE LA FAMILIA MINÚSVALIDO (físico, psíquico o sensorial, o incapacidad en tercera edad).
- TRABAJO FUERA DEL HOGAR DE AMBOS CÓNYUGES.

En aquellas solicitudes en que se justifiquen estas circunstancias, se descontará de los ingresos líquidos anuales una cantidad equivalente a 0,25 veces el S.M.I., ésto es, 1.717,8€, por cada una de ellas.

A la hora de adjudicar las Becas de Guardería se considerarán prioritarias aquellas unidades familiares que perciben la Renta Básica.

B.- Empadronamiento en Getxo con una antigüedad de 1 año y escolarización en Guarderías del Municipio de Getxo o, en Guarderías de otros Municipios, en casos justificados, como lugar de trabajo del padre y de la madre, o insuficiencia de plazas en Getxo.

C.- Tener menos de dos años, ya que el alumnado que cumple esta edad en el año 2004 cuenta con oferta de escolarización en los Colegios e Ikastolas Públicas de Getxo. Se admitirán solicitudes para niños de 2 años en aquellos casos en los que por insuficiencia de plazas no puedan ser escolarizados en Centros Públicos.

Los Servicios Sociales municipales podrán presentar informe razonado referente a situaciones excepcionales no contempladas en esta resolución, inmigrantes y familiares con menores a su cargo.

Podrán contemplarse situaciones de excepción en solicitudes fuera de plazo, por desconocimiento del derecho, situaciones sobrevenidas o traslado, previo informe razonado de los Servicios Sociales Municipales.

En estos casos, será la Alcaldía-Presidencia o la Junta de Gobierno Local los órganos facultados para adoptar una resolución, así como en los casos dudosos, si los hubiera.

2.- La Beca de Guardería se establece con carácter retroactivo desde la fecha de escolarización en el curso 2004/2005, por el importe total correspondiente a la cuota mensual y servicios de comedor y transporte, que se abonará directamente a las Guarderías, en pagos trimestrales, debiendo la persona interesada presentar facturas previamente al abono de los pagos sucesivos. Asimismo, las Guarderías presentarán al inicio de curso, los costos establecidos para el curso 2004/2005 y cualquier variación que se produzca a lo largo del mismo, para los servicios que se subvencionan por la presente resolución.

3.- Las Becas de Guardería que se convocan por la presente resolución, tienen carácter subsidiario con respecto a las ayudas que concede el Gobierno Vasco en base a los convenios a establecer por las Escuelas Infantiles conforme al Decreto 297/2002, de 17 de diciembre o cualquier otra ayuda de carácter público.

Tanto las familias como las Guarderías se verán obligadas a acogerse a las ayudas que emanen de los diferentes Departamentos del Gobierno Vasco, mediante la presentación de las solicitudes correspondientes, o a través de la firma de convenios en el caso de las Escuelas Infantiles. La no realización de esta solicitud sin causa justificada, puede ser motivo suficiente para la denegación o reintegro de la Beca de Guardería de este Ayuntamiento.

La cuantía que, en su caso, concediera el Gobierno Vasco, será tenida en cuenta a la hora de presentar los recibos correspondientes al alumnado beneficiario de Becas de Guardería del Ayuntamiento de Getxo, o bien será ingresada en las Arcas Municipales, evitando así que las ayudas económicas para sufragar la plaza de gurdería pudieran ser superiores al costo total de la plaza citada.

La subvención de Beca de Guardería de un curso escolar, se supeditará a la devolución, en su caso, de la cantidad percibida por el mismo concepto del Gobierno Vasco en cursos anteriores.

A los efectos, se informará de la presente resolución a las Escuelas Infantiles de Getxo. Asimismo se informará a las Escuelas Infantiles de Leioa, en las que hay escolarizados/as niños/as de Getxo por falta de plazas en este Municipio.

4.- En caso de desescolarización durante el curso escolar del alumnado beneficiario/a de una Beca del Ayuntamiento, deberá ser comunicado tanto por parte de la familia como de la guardería.